
Producción, junto a la Sociedad Rural, informaron sobre las nuevas medidas de AFIP para la comercialización de hacienda
El Ministerio de Producción, junto a la Sociedad Rural del Chaco, realizó el pasado viernes una charla informativa sobre el “Registro Fiscal de Operadores de la Cadena de Producción y Comercialización de Hacienda y de Carnes Bobina y Bubalina”.
La misma tuvo como objetivo dar a conocer el impacto que tendrán estas nuevas medidas que dispuso la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en los distintos eslabones de la cadena ganadera, tanto al productor como a frigoríficos, abastecedores y comercializadores.
La presentación estuvo a cargo del ministro de Producción ingeniero agrónomo Producción Gabriel Tortarolo y el presidente de la Sociedad Rural Chaco doctor Enrique Santos, mientras que la disertación fue responsabilidad de la contadora Belén Enríquez, quien integra el equipo técnico del PRODAF, programa nacional que se ejecuta en la provincia en la órbita del Ministerio de Producción del Chaco.
En la oportunidad se explicó que los aspectos normativos se rigen mediante la Resolución General AFIP N° 3873/16 y complementarias, que crea un registro fiscal de operadores de la cadena de producción y comercialización de haciendas y carnes bovinas y bubalinas, con el objetivo de detectar posibles operadores marginales o maniobras de evasión impositiva en la cadena.
Los sujetos alcanzados por la normativa son productores, criadores y cabañeros de hacienda, feedlot (establecimientos de engorde a corral de hacienda bovina/bubalina), invernaderos de hacienda, establecimientos faenadores y/o frigorífico de hacienda, consignatarios y/o comisionistas de hacienda, consignatarios directos de hacienda y consignatarios de carnes de hacienda.
También abarca a mercados concentradores, ferias o predios feriales donde se comercialice hacienda, matarifes -abastecedores y carniceros- y toda otra modalidad de usuarios de faena de hacienda, comercializadores de subproductos comestibles y no comestibles, quedando exceptuados de dicha obligación los transportistas de hacienda y aquellos que están inscriptos en el régimen del monotributo.
En la exposición también se aclaró que la permanencia en el Registro estará condicionada a que el contribuyente mantenga una correcta conducta fiscal, de lo contrario se aplicará una suspensión por un plazo de hasta 60 días corridos desde su notificación, plazo en el cual se deberá subsanar el o los incumplimientos que la originaron.
La inscripción a este Registro es opcional, pudiendo el productor sumarse al mismo o no hacerlo.
Durante el encuentro se recomendó a aquellos productores que no están inscriptos ante la AFIP que regularicen esta situación ante el organismo, a fin de evitar ulteriores inconvenientes.
La normativa completa se encuentra en la página web de AFIP, junto con los pasos a seguir para su correspondiente registración.



